viernes, 4 de octubre de 2013

La seguridad en las batidas

          Nunca está de más recordar estas normas de seguridad, que toda persona practicante de este deporte debe conocer y aplicar para evitar posibles y desagradables accidentes.




-Se señalizaran las zonas de batida con carteles en las entradas de los caminos de la zona donde se va a realizar la montería.

-Los ojeadores llevaras chalecos reflectantes de color naranja, al igual que los de los puestos deben llevar alguna prenda reflectante.

- Cuando se organicen monterías, ojeos o batidas colectivas, no se podrán disparar las armas hasta que se haya dado la señal convenida para ello, ni hacerlo después de que haya concluido la cacería.

- En el caso anterior, se prohíbe el cambio o abandono de los puestos por los cazadores y sus auxiliares durante la cacería. haciéndolo solamente, llegado el caso, con conocimiento del organizador de la misma o de sus representantes autorizados.

- Se prohíbe tener cargadas las armas antes de llegar a la postura o después de abandonarla.

- Salvo indicación expresa, los ojeadores o batidores no deberán acercarse a menos de 50 metros de las posiciones de tiro de los cazadores. Por su parte, éstos no dispararán en dirección a la línea de batidores cuando ésta se encuentre a menos de 80 metros.

- En las monterías se colocarán los puestos de modo que queden siempre desenfilados o protegidos de los disparos de los demás cazadores, procurando aprovechar a tal efecto los accidentes del terreno.

- Cada postor deberá explicar antes de empezar la cacería, a todos los cazadores que coloque, el campo de tiro permitido, y éstos se abstendrán de disparar fuera de él y especialmente en dirección de los demás puestos que tengan a la vista. Cada cazador está obligado a establecer acuerdo visual y verbal con los más próximos para señalar su posición.

- Con carácter general se prohíbe disparar hacia la zona de seguridad ( carreteras, vías férreas, núcleos habitados, etc) siempre que el cazador no se encuentre separado de ellas por una distancia mayor de la que puede alcanzar el proyectil o que la configuración del terreno actúe de pantalla.

- Se prohíbe disparar en dirección a los lugares en que se encuentren rebaños, o cualquier otra concentración de ganado, bien se halle pastando o siendo conducido, salvo que se haga a distancia superior a la del alcance del proyectil.



Ojeo en Alba del Campo ( Teruel )


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