martes, 12 de marzo de 2013

La DGA pide limitar la responsabilidad de los cotos en accidentes con animales


Los accidentes de tráfico no serán responsabilidad total del coto

   El sector cinegético tiene motivos para la esperanza ya que una de sus reivindicaciones históricas está más cerca de hacerse realidad. Se trata de limitar la responsabilidad que tienen los cotos en los accidentes de tráfico que causan los animales salvajes dentro de sus territorios.

   La propuesta de modificación de la disposición adicional 9ª de la Ley 17/2005 de seguridad vial sobre la responsabilidad en los accidentes de tráfico ocasionados por especies cinegéticas alcanzó un principio de acuerdo para evitar una situación que desde el propio sector de los cotos calificaban de “insostenible” ya que en la mayoría de los casos se hace responsable al coto de caza de los accidentes de tráfico ocasionados por la fauna en las carreteras que discurren por él.

Responsabilidad limitada
    El acuerdo acordado contempla la limitación para que el titular del coto sólo tenga que hacerse responsable de los daños causados por el animal cuando el accidente sea el resultado de la acción directa de la caza, es decir que la presa esté huyendo de una cacería. Sólo es un primer paso ya que sólo se ha aprobado elevar la propuesta consensuada con el sector a las Cortes” pero sin ocultar su satisfacción por el avance hasta el objetivo final. 




  En aquellos siniestros cuya causa sea una señalización indebida será el titular de la vía el que tenga que pagar. Y para el resto de casos serán las compañías de seguros las que hagan frente los gastos siempre que así se estipule en la póliza del asegurado.

     Es totalmente injusto que la Ley establezca que el coto no es propietario de las piezas de caza y sin embargo sí tenga que cargar con los daños que ocasione en accidentes de tráfico o en la agricultura.

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