jueves, 8 de mayo de 2014
miércoles, 7 de mayo de 2014
Exceso de ciervos en el Alto Tajo
El Parque Natural del Alto Tajo ocupa
territorios de las provincias de Guadalajara, Cuenca y Teruel en donde nace el
río Tajo en el lugar llamado Fuente García, termino de la provincia de Teruel. Constituye un amplio sistema de
hoces naturales en el curso alto del río Tajo y sus afluentes rodeados de
extensos pinares donde el ciervo es el animal cinegético que ha aumentado de
forma excesiva en los últimos años.
La semana pasada saltaba la alarma: el
Consejo Provincial de Caza pedía a la Junta que declarase la zona del Alto Tajo
como «comarca de emergencia cinegética temporal» debido a la superpoblación de
ciervos en la zona. Un problema que, según los agricultores, lleva años
afectando a sus cosechas, ya que los ciervos se han llegado a comer hasta la
mitad de sus cultivos.
Es un problema en el que se juntan muchos
factores: los animales cada vez tienen menos comida en el campo, ya sea por el
hombre o por los incendios, y entonces bajan a los cultivos.
En los últimos 4 años la población ha
crecido de manera exagerada, a pesar de los esfuerzos por reducir esta
población desde las administraciones y los agentes implicados como los algunos
agricultores que decidieron cambiar de cultivos para no atraer a estos
animales, no han sido suficientes.
La caza de ciervas se realiza en temporada
de selectiva y en las batidas que se dan a los pueblos afectados, pero son
especies que solo se destinan al consumo y cada ejemplar pesa unos 100 kilos no
considerándose como trofeos. Se está pensando en aumentar más los cupos de caza
y el número de batidas para quitar unas 1500 ejemplares más de los que se
quitan cada año.
El problema de la superpoblación de
ciervos no solo afecta a los cultivos, sino que se está convirtiendo un
problema social al existir más densidad de población y bajar a los campos,
también atraviesan carreteras y se producen accidentes.
De hecho hay voces que
aseguran que la superpoblación de ciervos está empezando a afectar a Teruel,
por lo que el Gobierno de Aragón ya habría pedido una reunión con el Ejecutivo
de Castilla-La Mancha para atajar el problema que, de momento y oficialmente,
afecta a 40 pueblos de la zona del Alto Tajo.
domingo, 4 de mayo de 2014
martes, 29 de abril de 2014
Taxidermia en Teruel
Se define Taxidermia (del
griego "arreglo o colocación de la piel en su sitio ") como el arte
de disecar animales para conservarlos con apariencia de vivos y facilitar así
su exposición y estudio.
Los métodos empleados por los taxidermistas han mejorado notablemente, haciendo
posible así un estado del arte bastante avanzado. De este modo, sus
practicantes pueden emplearse profesionalmente, trabajando para realizar
encargos de cazadores, o entusiastas de los animales o bien para museos. Suelen
poseer conocimientos técnicos en aspectos tan variados como la anatomía, la
escultura, la pintura, la disección o el tratado de pieles para poder practicar
este peculiar arte.
En Teruel encabeza el arte de la taxidermia Carlos Sánchez realizando
sus trabajos en Caude con una actividad de 8 años y de dos trabajadores, siendo
su especialidad el disecado de animales de caza mayor y las cabezas de toros, aunque se hacen otros
trabajos como perchas con patas, apliques o lámparas con cuerno de ciervo,
tablas con colmillo de jabalí, cráneos con sus cuernas, etc.![]() |
| Sala de trabajos terminados |
Se procede de manera inmediata después del fallecimiento del animal, a retirar la piel. Se realiza con ayuda de un escalpelo o un cuchillo muy afilado, extrayendo la piel de una pieza. Para ello se hace un corte en la parte trasera del animal para que luego, en la obra ya terminada, no se noten las costuras y así no pierda lo atractivo y artístico. En las áreas de mayor pelaje es posible hacer los cortes ya que éstos quedan ocultos mientras que la piel queda natural.
Esta piel se limpia superficialmente y se
sala bien, extendiendo la sal por la cara del pelo y por el cuero. (El fin de
salar la piel es extraer el agua que se encuentra retenida en ella y evitar la
descomposición por parte de los microorganismos) Una vez seca se procederá a la
rehidratación de la piel y se procederá al curtido de esta.
Actualmente
se utilizan esculturas del animal realizadas en espuma de poliuretano
de rigor anatómico, realizadas con moldes
que luego se cubren con la piel usando fijadores, pegamentos, hilo para
coser, ojos de vidrio. etc.
Para
realizar el cuerpo se requiere de la observación del animal vivo y
conocimientos anatómicos amplios además de las medidas del animal al cual vamos
a naturalizar.
Una
vez recubierta con la piel la escultura del cuerpo, se coserá con un hilo
resistente y entonces se procederá a la parte más complicada, en la cual se le
da la apariencia de vida: colocación de ojos, piel y boca sintética (si la
tuviese).
Una
vez terminada la colocación de la piel se deja que expulse la humedad del
curtido y entonces se realzan los colores que el animal tenía en las zonas sin
pelo, dado que lo pierden, y se restaura alguna posible imperfección.
Consejos para el
mantenimiento de animales naturalizados:
-Protegerlo de la polilla y otras larvas:
En primavera e inicio del verano es aconsejable colocar un poco de naftalina
encima del animal naturalizado.
-No exponerlo directamente a la luz del
sol. Los rayos del sol decoloran el pelo y la pluma de los animales
naturalizados.
-Conservarlo en una habitación con
ambiente fresco y seco.
-Intentar que el animal naturalizado esté
a una temperatura constante.
-Colocar las piezas en armarios
acristalados, si es posible.
-Preservar de olores fuertes y abrasivos.
No rociar con espráy anti-insectos, ni exponer-lo en ambientes con humo.
-Limpiarlos periódicamente.
martes, 22 de abril de 2014
Limitada la responsabilidad de los cotos en los atropellos de animales
La reforma de la Ley de Tráfico, que entrará en
vigor el próximo 9 de mayo, ha escuchado las reivindicaciones de los cazadores
y limita la responsabilidad de los cotos en los accidentes de tráfico con
especies cinegéticas.
La reforma de la Ley de Tráfico, que entrará en vigor el próximo 9
de mayo, ha escuchado las reivindicaciones de los cazadores y limita la
responsabilidad de los cotos en los accidentes de tráfico con especies cinegéticas.
El texto, aprobado en el Congreso de los Diputados el pasado mes de marzo,
viene a recoger en este aspecto las peticiones del sector, en las que Aragón
fue pionera.
El titular del aprovechamiento cinegético o en su
defecto el propietario del terreno será responsable "cuando el accidente
de tráfico sea consecuencia directa de una acción de caza colectiva de una
especie de caza mayor llevada a cabo el mismo día o que haya concluido doce
horas antes de aquel".
También podrá ser responsable el titular de la vía
pública en la que se produzca el accidente como consecuencia de no haber
reparado la valla de cerramiento en plazo, en su caso, o por no disponer de la
señalización específica de animales sueltos en tramos con alta accidentabilidad
por colisión de vehículos con los mismos.
El nuevo texto supone una modificación sustancial del
anterior al hacer referencia específica a que el conductor es el responsable de
los daños con la excepción de que sea consecuencia de la acción directa de una
acción de caza "colectiva" y una especie de caza "mayor" y acotando
el tiempo al mismo día o doce horas antes. Se delimita así la modalidad de
caza, a las batidas, y determina un tiempo concreto.
Estos cambios en la normativa estatal, que se verán
luego reflejados en la nueva Ley de Caza de Aragón, actualmente en exposición
pública, supone ponernos a la altura de otros países europeos. El delegado
provincial de la
Federación Aragonesa de Caza en Teruel, Antonio Gómez, mostró
su satisfacción por las modificaciones legislativas y destacó que con estos
cambios España se ha adaptado a las diferentes normativas que hay en otros
países de la Unión
Europea respecto a este tipo de accidentes.
Ley de Aragón
La nueva Ley de Caza de Aragón, cuyo anteproyecto se
encuentra actualmente en exposición pública, establece en su artículo 72 sobre
responsabilidad en accidentes de tráfico por atropello o colisiones de
vehículos con especies cinegéticas que la responsabilidad será del conductor,
pero la administración se hará cargo del pago de las indemnizaciones cuando se
trate de especies de caza mayor excepto en los supuestos incluidos en la ley
nacional como que los perjudicados hayan contribuido a la producción del daño,
que el accidente no sea consecuencia directa de la acción de cazar -en la
modalidad de batida de una especie de caza mayor- el mismo día o durante doce
horas antes del accidente o que la batida se haya llevado a cabo en un coto,
Refugio de Fauna, Reserva de Caza a una distancia inferior o igual a mil
metros.
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